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RECONOCIMIENTOS DE TITULOS         

 

INTRODUCCIÓN  

    Recientemente se esta creando una confusión sobre la validez, reconocimiento y habilitación de las titulaciones académicas y universitarias, dificultando la elección para una buena capacitación, que la inversión y el esfuerzo realizado garantice el beneficio esperado. Un grado académico, titulación académica o título académico, es es el reconocimiento de la formación educativa o profesional que una persona posee dada por alguna institución educativa tras realizar los estudios, exámenes y pruebas pertinentes.

 

MODALIDADES DE EDUCACIÓN

        Tradicionalmente los procesos educativos se han dividido en reglados y no reglados, respondiendo a criterios de sistematización, (independientemente que los imparte una entidad pública o privada). CEAS es una institución académica que imparte tanto Educación Reglada como Educación No Reglada.

  • EDUCACIÓN REGLADA.- Los programas de CEAS en Educación Reglada son impartidos en Universidades y entidades académicas que siguen los contenidos y requisitos de evaluación, alumnos, profesores, etc..., establecidos por el Ministerio de Educación que cada país.
  • EDUCACIÓN NO REGLADA.- Los programas de CEAS en Educación No Reglada, no están bajo las por normas legales que establecen los Ministerios de Educación, lo que la hace mucho más flexible, proporcionándole la posibilidad de presentar una amplia variedad de modalidades y de adaptarse a un número mayor de demandas sociales. Un diplomado o máster cuyos contenidos no vayan estipulados por la ley de educación sería educación no reglada.

TIPOS DE TITULOS   

  Igualmente en la emisión de títulos y diplomas acreditativos de los cursos realizados, se han dividido en TÍTULOS OFICIALES y TÍTULOS NO OFICIALES respondiendo a los criterios del tipo de educación, por lo que CEAS es una institución académica que imparte ambos títulos.

  • TÍTULOS OFICIALES.- Los títulos de Educación Reglada conocidos como oficiales y solo se exigen para presentarse a oposiciones, algunos puestos de la Administración Pública y Colegios Profesionales. En España el Real Decreto 1393/2007, establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, concreta la siguiente estructura de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). 

  • TÍTULOS NO OFICIALES.- Son los títulos emitidos por entidades académicas y universitarias bajo la Educación No Reglada, lo que se denominan “TÍTULOS PROPIOS”, que son estudios que la sociedad reclama y que están EXCLUIDOS del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, aunque dependen de la universidad que los imparte y su organización académica es similar a la de las titulaciones oficiales, el diploma que se obtiene NO ES POR TANTO OFICIAL, siendo por tanto, estos idénticos y con la misma validez que los impartidos en otros centros, privados y generalmente no universitarios, como es el caso de CEAS. A pesar de que la titulación obtenida no tiene carácter oficial, tienen total validez a efectos laborales y profesionales.

 

NIVELES

Los niveles académicos se componen en pregrado, grado y postgrado.

  • PROGRAMAS DE PREGRADO.- Los estudios de pregrado son los estudios superiores hasta el título de grado, conocidos como bachiller. El objetivo del pregrado es preparar académicamente al alumno para que pueda realizar estudios superiores. En algunos países hispanoamericanos, el término bachillerato se utiliza para referirse al título de grado.

  • PROGRAMAS DE GRADO.- Los estudios de grado puede ser grado universitario o grado técnico (grado asociado, diplomado o módulos en algunos países).

    • Grado Universitario.- Es un titulo de educación superior que se consigue al finalizar una carrera universitaria de cuatro años o mas. Equivale al bachelor's degree anglosajón.

    • Grado Técnico.- Es un título de educación superior concedido después de la terminación satisfactoria de un programa a tiempo completo inferior a dos años dependiendo si el nivel de de grado medio o superior. Puede ser de formación general, transversal o profesional. Su reconocimiento suele estar regulado por los Ministerios de Trabajo, Interior o departamento especifico del Ministerio de Educación, como en España el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) dependiente del Consejo General de Formación Profesional.

  • PROGRAMAS DE POSTGRADO.-  Corresponden al último nivel de la educación formal superior, el cual comprende las especializaciones, las maestrías y los doctorados. Para ingresar formalmente es indispensable haber culminado estudios de pregrado y haber obtenido el título correspondiente.

    • Título de Especialista .- Tienen como propósito la cualificación del ejercicio profesional y el desarrollo de las competencias que posibiliten el perfeccionamiento en la misma ocupación, profesión, disciplina o en áreas afines o complementarias.

    • Título de Máster  o Magister.- Las maestrías podrán ser de profesionalización o de investigación.

      • Máster Profesional.- Tienen como propósito profundizar en un área del conocimiento y el desarrollo de competencias.

      • Máster de Investigación.- Tienen como propósito el desarrollo la investigación que generen nuevos conocimientos o procesos tecnológicos, las cuales podrán ser profundizadas en un programa de doctorado.

  • Título de Doctor.- Es el título de más alto grado educativo y tienen como objetivo la formación de investigadores con capacidad de realizar y orientar en forma autónoma procesos académicos e investigativos en el área específica de un campo del conocimiento.

 

REQUISITOS PARA ACCEDER A ENSEÑANZAS CEAS

        Las enseñanzas universitarias oficiales están organizadas en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. En todos los casos la superación del primero da acceso al segundo y la superación del segundo da acceso al tercero. Para acceder a cualquier nivel académico de CEAS, tanto en EDUCACIÓN REGLADA como en EDUCACIÓN NO REGLADA,  nuestra organización es regida por las normas universitarias y académicas internacionales, es decir, para realizar un curso es necesario estar en posesión del grado anterior.

  • CURSOS ESPECÍFICOS o de Nivel I: Es necesario acreditar la superación de grado de Primaria, con Certificado de Estudios o Graduado Escolar.

  • CURSOS DE GRADO o de Nivel II: Para cursar estudios de grado: debe tener el nivel de Bachiller, Técnico de grado superior o prueba de acceso a la universidad, realizado en una entidad académica  internacional o convalidado a este nivel. Se compone de Formación teórica y práctica: aspectos básicos de la rama de conocimiento, materias obligatorias u optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, Trabajos de Fin de Grado –TFG-, etc.

  • ESTUDIOS DE POSTGRADO: Para cursar estudios de postgrado (máster, MBA o cualquier otro curso): en la mayoría de casos es imprescindible acreditar estar en posesión del Titulo de Diplomado, Licenciado, Ingeniero o Título Propio de Estudios de Grado, emitido por una universidad con reconocimiento internacional. Sin embargo, en algunos casos, se permiten el acceso mientras está en el último año de la carrera universitaria o, incluso, algunos requieren solamente acreditar suficiente experiencia en el sector del postgrado.

  • ESTUDIOS DE DOCTORADO: Para cursar doctorados es imprescindible contar con estudios de grado y de postgrado universitario (máster) con reconocimiento internacional. Distintas posibilidades de acceso: Periodo de formación: similar sistema de acceso que al Máster. Periodo de investigación: Máster Universitario o similar. Incluye periodo de formación y periodo de investigación, éste último con elaboración y defensa de la correspondiente Tesis Doctoral.

 

LEGALIZACIÓN DE LOS TÍTULOS CEAS

        La titulación y transcript de CEAS, cumple todas las directrices establecidas tanto por los ECTS (European Credit Transfer System) de la Unión Europea, establecido en el Acuerdo de Bolonia, como por los GAAP (Generally Accepted Accrediting Practices) de U.S.A..

        Tanto la titulación Reglada como la No Reglada de CEAS, en la mayoría de los países esta reconocida directamente por los Ministerios de Educación, CONESUP, etc…, por lo que el tramite es directo. Pero con el fin de ser validados y utilizados en otros países, puede ser legalizada internacionalmente con la Apostilla de la Haya o Legalización Consular (para los países no firmantes del convenio de la Haya), así como certificada directamente por una Universidad del país de destino con la que CEAS mantenga convenio de reconocimiento.

       En muchos casos, nos encontramos que la mayoría de los cursos que se imparte y los títulos que se obtienen, carecen de reconocimiento alguno, pues el centro que los emite carece de homologación o capacidad certificadora, aunque esta sea una Universidad, Instituto o Academia, o este informe que este pertenece a Asociaciones, Fundaciones o Federaciones que tiene reconocimientos de una universidad, etc…

 

APOSTILLA DE LA HAYA

    La Apostilla de la Haya, es una certificación acordada en la Convención de la Haya el 5 de Octubre de 1961,cuyo fin es la verificación de las firmas, sellos y formatos de los diplomas y notas emitidos por las Universidades y entidades académicas de un país, de tal manera que se confirma la legalidad y la autenticidad de estos documentos en otros países..., siendo reconocidos así directamente en los organismos de reconocimiento académico nacional, sin necesidad de procedimiento alguno consular o ministerial. Por ello, todos los documentos de CEAS son apostillados en caso de que se desee y sea necesario.

 
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